Corte Suprema protege la pensión de sobrevivientes de los hijos menores ante la mora de los empleadores
La Corte Suprema de Justicia, mediante la Sentencia SL2653 reafirmó el derecho de los hijos menores de edad a recibir la pensión de sobrevivientes tras el fallecimiento de su padre. La decisión destaca que la protección de los beneficiarios no puede verse afectada por el incumplimiento de las obligaciones de los empleadores frente al pago oportuno de los aportes al sistema pensional.
El fallo refuerza la obligación de las administradoras de pensiones de garantizar los derechos de los beneficiarios y evitar que las consecuencias de la mora patronal recaigan sobre quienes dependen económicamente del afiliado fallecido. De esta manera, la Corte prioriza la protección de los menores y el carácter fundamental de la seguridad social, al recordar que las deficiencias en el cumplimiento de las cotizaciones no deben convertirse en una barrera para acceder a la prestación pensional cuando se cumplen los requisitos legales.