Corte Suprema cierra la puerta al Living Apart Together en pensión de sobrevivientes

La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia reiteró que, para acceder a la pensión de sobrevivientes, no basta con demostrar la existencia de una relación sentimental, sino que es indispensable acreditar una convivencia real, efectiva y permanente durante los cinco años anteriores al fallecimiento del causante. En ese sentido, precisó que el modelo conocido como Living Apart Together o LAT, en el que la pareja mantiene una relación afectiva pero vive en hogares separados, no cumple por sí solo con el requisito legal de comunidad de vida.

En la sentencia, la Corte concluyó que las pruebas únicamente evidenciaban encuentros ocasionales entre la pareja y no una verdadera convivencia. Además, recordó que la separación física solo resulta compatible con el reconocimiento de la prestación cuando responde a causas objetivas y justificadas, como razones laborales, de salud o de fuerza mayor. Por ello, confirmó la decisión de Colpensiones de negar la sustitución pensional y condenó en costas al demandante.