Corte Constitucional ordena a instituciones de educación superior regular el ingreso de animales de apoyo emocional

La Corte Constitucional, mediante la Sentencia T-153 de 2026, determinó que el Ministerio de Educación Nacional debe establecer lineamientos mínimos para que las instituciones de educación superior regulen el ingreso y permanencia de animales de apoyo emocional, garantizando un equilibrio entre la autonomía universitaria y la protección de derechos fundamentales. La decisión surgió tras estudiar el caso de un estudiante de ingeniería ambiental al que una universidad le prohibió ingresar con su perro de apoyo emocional, situación que afectó su salud mental y su proceso académico.

La Corte señaló que los protocolos internos de las universidades no pueden establecer prohibiciones generales o arbitrarias frente a estos animales, sino que deben realizar análisis individuales y considerar alternativas que permitan proteger los derechos a la salud mental, educación, intimidad y debido proceso de los estudiantes. Además, recordó que las medidas adoptadas deben proteger también a la comunidad educativa y garantizar el bienestar de los animales como seres sintientes. Por ello, ordenó modificar los protocolos institucionales, implementar mecanismos de evaluación caso por caso, adelantar jornadas de sensibilización y promover reglas claras que permitan la inclusión de animales de apoyo emocional dentro del entorno universitario.