Corte Suprema mantiene en las AFP la carga de probar que informaron adecuadamente al afiliado sobre el traslado pensional
La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia reiteró que corresponde a las administradoras de fondos de pensiones demostrar que brindaron información clara, suficiente y comprensible a los afiliados que decidieron trasladarse del Régimen de Prima Media al Régimen de Ahorro Individual, pues aunque la firma del formulario de afiliación acredita la voluntad formal de efectuar el traslado, no demuestra por sí sola que la decisión haya sido adoptada con pleno conocimiento de sus consecuencias.
El pronunciamiento se dio en la Sentencia SL281-2026, al estudiar el caso de una mujer que se trasladó al régimen privado en 1996 y posteriormente estuvo afiliada a distintas administradoras de fondos de pensiones, quien alegó no haber recibido información suficiente sobre las diferencias entre ambos regímenes, los requisitos para acceder a la pensión, los riesgos propios del ahorro individual y el impacto que el traslado podía generar sobre el valor de su futura mesada.
Al resolver el caso, la Corte se apartó de algunas de las reglas probatorias establecidas por la Corte Constitucional en la Sentencia SU-107 de 2024 y sostuvo que trasladar al afiliado la carga de demostrar que no recibió una asesoría adecuada implicaría exigirle la prueba de un hecho negativo, razón por la cual reiteró que son las AFP, en su calidad de entidades especializadas, quienes deben acreditar el cumplimiento efectivo de su deber de información.
En consecuencia, la Sala mantuvo la decisión que declaró ineficaz el traslado y reafirmó que la ausencia de soportes que permitan acreditar una asesoría real y suficiente no puede perjudicar al afiliado, especialmente cuando la conservación de esa documentación hace parte de las obligaciones propias de las administradoras de pensiones.