Corte Suprema ratifica pensión de invalidez para trabajador con enfermedades progresivas

La Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, mediante una reciente sentencia decidió no casar la sentencia que ordenó a Protección S.A. reconocer y pagar la pensión de invalidez a un ciudadano, con efectos desde el 1 de julio de 2011. El fallo tuvo en cuenta los dictámenes médicos que acreditaron la pérdida de capacidad laboral del trabajador y permitió consolidar su derecho después de varios años de litigio.

La decisión resalta la importancia de determinar correctamente la fecha de estructuración de la invalidez, especialmente en casos relacionados con enfermedades progresivas, en los que el deterioro de la salud puede desarrollarse de manera gradual. Con este pronunciamiento, la Corte protege el derecho a la seguridad social de quienes, por una condición de salud que afecta de manera significativa su capacidad laboral, cumplen los requisitos para acceder a una prestación pensional que garantice su sustento.