Corte Suprema protege la estabilidad laboral de trabajadores reintegrados por tutela
La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia precisó que, cuando un trabajador ha sido reintegrado por orden de tutela, el empleador debe informar de manera expresa y dentro de un plazo razonable la terminación del contrato una vez cesen los efectos transitorios de dicha decisión. La corporación advirtió que no basta con alegar el vencimiento de la tutela para finalizar la relación laboral si la empresa permitió que esta continuara durante un tiempo considerable.
En la sentencia, la Corte reiteró que la conducta del empleador puede consolidar la continuidad del vínculo laboral, impidiéndole invocar posteriormente la terminación de los efectos del reintegro como justificación del despido. En el caso analizado, la Sala protegió la estabilidad laboral reforzada de un trabajador en condición de discapacidad y confirmó la orden de reintegro impartida por el juez de primera instancia.