Tribunal Administrativo de Cundinamarca avala o confirma la legalidad de la diferenciación salarial entre docentes de los grados 3AM y 3DM
La Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó la legalidad de los decretos que fijaron incrementos salariales diferenciados para los docentes ubicados en las categorías 3AM y 3DM del escalafón docente, al negar las pretensiones de una demanda que buscaba la nulidad de varios actos administrativos y el reconocimiento de diferencias salariales acumuladas desde el año 2008. La parte demandante alegó que los aumentos otorgados en 2008 y 2009 resultaron discriminatorios, al favorecer con mayores porcentajes a los docentes del grado 3DM, solicitando la inaplicación de diversos decretos nacionales expedidos entre 2020 y 2024, así como el pago de salarios, prestaciones sociales e intereses moratorios dejados de percibir.
El Tribunal ratificó la decisión de primera instancia al concluir que no se vulneró el principio constitucional de igualdad ni se configuró ilegalidad alguna en los decretos cuestionados, al estar sustentadas las diferencias salariales en criterios objetivos como la formación académica, la experiencia y la ubicación dentro del escalafón docente, conforme al Decreto Ley 1278 de 2002. En ese sentido, la Sala descartó la procedencia de la excepción de inconstitucionalidad y precisó que el principio de a trabajo igual, salario igual no resulta aplicable, toda vez que las categorías 3AM y 3DM responden a requisitos, trayectorias y condiciones profesionales distintas.