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Así va el proyecto de reforma a la salud



El proyecto de Ley de reforma a la salud, radicado ante el Congreso el pasado 13 de febrero del 2023 por el Gobierno de Gustavo Petro, se encuentra comprendido por un amplio articulado, lo que dificulta entender sus objetivos y principales cambios que propone del Sistema de Salud. Por esa razón, resulta necesario abordar los puntos más relevantes de la reforma, que se relacionan a continuación:

Busca priorizar los determinantes en salud.

Los determinantes en salud, conforme a la Ley 1751 del 2015, se pueden definir como aquellos factores sociales, ambientales y económicos que dan lugar a las enfermedades. Con la reforma a la salud, el Gobierno actual tiene como propósito priorizarlos, de manera que a través de acciones de planeación y políticas públicas se logre la prevención de la enfermedad, una vez identificados y analizados los determinantes en salud. Tal asunto lo consagra el Proyecto de Ley en su artículo 5, en donde establece que el Estado incidirá coordinadamente sobre los determinantes en salud, con el fin de garantizar el bienestar de la población.

Por lo anterior, en el artículo 6 se propone la creación de la Comisión Intersectorial Nacional de determinantes de salud, integrada por el Presidente de la Republica y los Ministros del gabinete, cuya función será la de establecer las intervenciones y recursos para actuar sobre los determinantes, según la información epidemiológica que presente el Instituto Nacional de Salud (INS).

Además, la reforma dispone la creación de las Comisiones Departamentales, Distritales y municipales de Determinantes de Salud, quienes se encargarán de revisar la información epidemiológica departamental que presente el INS para establecer los determinantes a intervenir y analizar el impacto y la evolución.

En otros términos, lo que se pretende es la prevención y pronóstico de la enfermedad de manera anticipada para contar con los elementos necesarios para su tratamiento y erradicación, garantizando de tal forma el mejoramiento del sistema de salud.

Administración de los recursos.

Sobre este asunto resulta pertinente indicar que, en el modelo actual, la ADRES se encarga de la administración de los recursos públicos en salud y realiza el giro directo a las EPS, quienes los distribuyen en los gastos de sus Redes Prestadoras del Servicio de Salud o conjunto de Instituciones Prestadoras del Servicio de Salud (IPS).

Con la reforma, el Gobierno plantea a la ADRES como la única entidad encargada del manejo total de los recursos, que se concentrarán en el Fondo Único Público de Salud, que transferirá dineros hacia los Fondos Territoriales de Salud, desde donde se realizará el giro directo de éstos a las IPS (clínicas y hospitales). Para una mayor comprensión, se adjunta el siguiente diagrama:

El cambio estructural en los entes administradores de recursos en salud que propone la reforma, supone que las EPS queden sin funciones, dado que ya no se girarían directamente los dineros a estas entidades, sino a las IPS, trayendo como consecuencia su liquidación.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 54 de la reforma, las EPS que cumplan con las condiciones técnicas, estarían habilitadas únicamente para ejercer las siguientes actividades:

Crear y administrar Centros de Atención Primaria en Salud de los territorios. Administrar los sistemas de referencia y contrarreferencia de las personas vinculadas a sus Centros de Atención Primaria en Salud.

Realizar o ejecutar las auditorías contratadas que requiera el Sistema de Salud. Algunas de las críticas que se le hacen a este punto del Proyecto de Ley, se relacionan con que la ADRES asumiría cargas excesivas para las que no está preparada y que la participación de los fondos territoriales asumidos por las entidades territoriales, es decir, manejados por Alcaldes y Gobernadores, implicaría un riesgo ante eventos de corrupción en la destinación de los recursos.

Modelo de atención.

Al respecto, la reforma a la salud establece un modelo de atención que se divide en la prestación de servicios de baja, media y alta complejidad, pues dependiendo de la categoría cambiará la institución prestadora del servicio de salud.

Así, tratándose de los servicios de baja complejidad, el Proyecto de Ley establece que las entidades encargadas de la atención en estos casos serán los centros de atención primaria integral resolutiva en salud – CAPIRS de los municipios y distritos, que deberán crearse para garantizar el apoyo, diagnóstico, desarrollo de programas de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, así como del fortalecimiento de la participación social en las distintas áreas geográficas del territorio.



Por esa razón, el inciso tercero del artículo 94 de la reforma dispone que:

"Se desarrollará un plan de inversión en Centros de Atención Primaria Integral Resolutiva en Salud a diez años, a fin de contar, como mínimo, con un Centro por cada 20.000 habitantes, disposición que podrá ser para una población menor o mayor, conforme a las condiciones epidemiológicas, la distribución de la población en el territorio y las necesidades en salud de la población para definir el número y localización de los centros de atención, conforme a la política que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social". En tal sentido, lo que busca el Gobierno con la creación de los CAPIRS, es garantizar la atención primaria a todos los habitantes del territorio nacional.

A pesar de lo anterior, el punto descrito ha sido uno de lo más atacados por los conocedores del Sistema de Salud, quienes aseguran que el proyecto no tiene viabilidad financiera y se convertiría, a largo plazo, en un impacto fiscal importante para el país.

Por otro lado, el Proyecto de Ley consagra que las entidades hospitalarias y ambulatorias públicas, privadas y mixtas que se integren a la red de servicios del territorio o la región, se encargarán de los servicios de media y alta complejidad.

Como se ha visto, el propósito principal del cambio en el modelo de atención en salud es materializar uno de los principios que fundamentan el sistema, es decir, la universalidad.



De todo lo anteriormente planteado, se puede concluir que la reforma a la salud, de ser aprobada, significaría un gran cambio del sistema de salud actual, pues redefiniría a las EPS, dejándolas prácticamente sin funciones, los recursos se administrarían por una única entidad (ADRES), quien giraría los dineros directamente a las instituciones prestadoras del servicio y, respecto a la atención, la población encontraría servicios de baja complejidad en los CAPIRS (que deberán existir en cada una de las entidades territoriales) y los de media y alta complejidad en las IPS.

Sin embargo, por el momento el Proyecto de Ley se encuentra pendiente de ser aprobado, dadas las grandes discusiones que ha generado dentro del Congreso, pues si bien hay quienes lo consideran como un avance para el país, hay otros que indican la poca viabilidad de su implementación.

En lo que respecta al Magisterio, la reforma a la salud no implicará una modificación al sistema de salud de este gremio, pues de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 146 del proyecto de Ley, los regímenes especiales y exceptuados continuarán rigiéndose por sus normas especiales.