Consejo de Estado reafirma que los docentes pueden solicitar las cesantías parciales sin esperar tres años


En reciente decisión (CONSEJO DE ESTADO. SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. Sección Segunda, Subsección B. MP: Elizabeth Becerra Cornejo. Auto del 12 de febrero del 2026 ), el Consejo de Estado resolvió el recurso de insistencia formulado dentro del trámite del incidente de impacto fiscal promovido por el Ministerio de Educación Nacional, en relación con la sentencia que había declarado la nulidad de la restricción de tres años para solicitar cesantías parciales de los docentes. La providencia no solo reafirma la improcedencia del incidente, sino que consolida un precedente de gran relevancia en materia de derechos prestacionales del magisterio.
El origen del debate se remonta a la nulidad del inciso primero del artículo 5 del Acuerdo 34 de 1998, disposición que establecía que los docentes únicamente podían radicar solicitudes de cesantías parciales por trámite ordinario una vez transcurrieran tres años desde el último pago por este concepto. El Consejo de Estado, en sentencia del 31 de octubre de 2019, concluyó que dicha limitación vulneraba el derecho fundamental de petición y desconocía el principio de reserva legal, al haber sido impuesta por una autoridad administrativa sin competencia para restringir el ejercicio de una prerrogativa fundamental. En consecuencia, retiró del ordenamiento jurídico esta barrera temporal, habilitando a los docentes para presentar solicitudes en cualquier momento.
Tras esta decisión, el Ministerio de Educación Nacional promovió un incidente de impacto fiscal, alegando que la eliminación de la restricción generaría un aumento significativo en las solicitudes de cesantías parciales, con efectos adversos sobre la sostenibilidad fiscal del Estado. El Gobierno propuso, incluso, un esquema de implementación gradual que mantenía temporalmente la restricción, reduciendo progresivamente el plazo hasta su eliminación definitiva. Sin embargo, el Consejo de Estado negó el incidente al considerar que no se acreditó una afectación grave, cierta y específica de la sostenibilidad fiscal.
Posteriormente, el Ministerio de Educación interpuso recurso de insistencia, reiterando la necesidad de modular los efectos del fallo. No obstante, el Consejo de Estado rechazó los argumentos planteados y confirmó su decisión inicial.
El Consejo de Estado fue enfático en señalar que los escenarios fiscales presentados por el Gobierno se basaban en proyecciones hipotéticas y estimativas, insuficientes para demostrar una alteración seria de la sostenibilidad fiscal. Además, reiteró que las limitaciones presupuestales invocadas no podían atribuirse de manera directa a la sentencia, pues corresponden a condiciones estructurales del presupuesto público. Así mismo, recordó que el incidente de impacto fiscal es un mecanismo excepcional, que no permite reabrir el debate jurídico ni cuestionar el fondo de la decisión judicial, sino únicamente analizar la necesidad de modular sus efectos bajo estrictos estándares probatorios.
Con esta decisión, queda plenamente consolidado que los docentes afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio pueden solicitar el reconocimiento y pago de cesantías parciales en cualquier momento , sin estar sujetos a períodos mínimos de espera, lo cual reafirma un avance significativo en la garantía de los derechos de los docentes, al eliminar barreras injustificadas para el acceso a sus cesantías parciales. Sin embargo, este reconocimiento también invita a una reflexión necesaria sobre el ejercicio responsable de este derecho:
Las cesantías no solo constituyen una prestación social, sino también un mecanismo de protección para momentos clave de la vida, como la adquisición de vivienda, la educación o situaciones de verdadera necesidad. En este sentido, su uso debe responder a decisiones conscientes y planificadas, evitando que se conviertan en una fuente de liquidez inmediata para gastos no prioritarios.
Desde una perspectiva colectiva, el ejercicio indiscriminado de este derecho podría generar presiones administrativas y fiscales sobre el sistema, afectando su capacidad de respuesta y sostenibilidad en el tiempo. Si bien el Consejo de Estado ha sido claro en señalar que la sostenibilidad fiscal no puede limitar derechos, también es cierto que la corresponsabilidad de los beneficiarios resulta fundamental para preservar el equilibrio del sistema.
Así, este nuevo escenario no solo amplía libertades, sino que también refuerza la importancia de la educación financiera, la planeación y el uso prudente de los recursos.
En últimas, el reto no está en restringir el acceso, sino en promover una cultura de uso consciente, donde cada solicitud de cesantías responda a una necesidad real y a una decisión informada, en armonía con el bienestar individual y la sostenibilidad colectiva.
Ejercer un derecho con responsabilidad no lo debilita; por el contrario, lo legitima y contribuye a su permanencia en el tiempo.