El riesgo de falsificar documentos para retirar cesantías.


"La reclamación de cesantías parciales debe solicitarse según los objetos establecidos en la ley. El tramite debe realizarse con documentos auténticos, pues cualquier irregularidad puede generar consecuencias jurídicas adversas al afiliado"
En Colombia, las cesantías representan uno de los derechos laborales más importantes de los trabajadores y cumplen una finalidad social específica: servir como mecanismo de protección económica frente al desempleo y permitir, en determinados casos autorizados por la ley, financiar vivienda o educación. Sin embargo, en los últimos años ha venido creciendo una preocupante práctica relacionada con el uso de documentos falsos para obtener retiros parciales de cesantías.
Lo alarmante es que esta situación ya no solo involucra al sector privado. Diversas investigaciones disciplinarias han comenzado a revelar la existencia de presuntas irregularidades incluso en el sector educativo, comprometiendo a docentes y servidores públicos.
Recientemente, la Oficina de Asuntos Disciplinarios de la Alcaldía de Santa Marta inició investigaciones contra varios educadores señalados de presentar documentos presuntamente falsos para solicitar retiros parciales de cesantías, especialmente certificados de tradición y libertad. El caso encendió las alarmas sobre una problemática que podría estar extendiéndose silenciosamente en distintas regiones del país.
Cuando una "solución rápida" termina convirtiéndose en un problema penal
En muchos casos, los trabajadores son contactados por supuestos "tramitadores" que ofrecen agilizar el retiro de cesantías sin cumplir realmente los requisitos legales. La estrategia suele incluir:
Certificados falsos de tradición y libertad.
Cartas de autorización adulteradas.
Certificaciones laborales simuladas.
Documentos de remodelación o compra de vivienda inexistentes.
El problema es que muchas personas creen equivocadamente que, por tratarse de "su dinero", el riesgo jurídico es mínimo. Nada más alejado de la realidad.
La jurisprudencia ya considera esta conducta como grave
El Tribunal Superior de Medellín, en sentencia del 18 de diciembre de 2025, estudió el caso de un trabajador despedido por presentar un documento falso para obtener el retiro parcial de sus cesantías.
El trabajador utilizó una carta aparentemente expedida por su empleador para justificar una supuesta remodelación de vivienda. Sin embargo, la empresa demostró que nunca autorizó dicho retiro y que el documento contenía membretes y firmas falsas.
Aunque el trabajador alegó que no causó perjuicio económico al empleador y que había sido inducido por terceros, el Tribunal fue contundente al afirmar que detrás de la aparente "inocuidad" existía un fraude grave.
La decisión judicial confirmó el despido con justa causa y reiteró que la presentación de documentos falsos para obtener beneficios económicos rompe gravemente la confianza y la buena fe que deben regir toda relación laboral.
¿Qué consecuencias puede enfrentar un docente o servidor público?
1. Consecuencias disciplinarias: Cuando quien incurre en estas conductas es un servidor público o un docente oficial, las consecuencias pueden ir más allá del despido.
La Procuraduría General de la Nación y las oficinas de control disciplinario interno pueden iniciar investigaciones por:
Violación de los principios de moralidad y transparencia.
Uso de documentos falsos.
Obtención irregular de beneficios económicos.
Conductas contrarias a la ética pública.
Dependiendo de la gravedad del caso, las sanciones podrían incluir:
Suspensión.
Destitución.
Inhabilidad para ejercer cargos públicos.
La investigación adelantada en Santa Marta precisamente busca establecer responsabilidades disciplinarias derivadas del uso de documentos presuntamente falsificados para acceder a cesantías.
2. Consecuencias laborales
En el ámbito laboral, esta conducta puede constituir una justa causa de terminación del contrato de trabajo.
El Tribunal Superior de Medellín recordó que el artículo 7 del Decreto 2351 de 1965 permite despedir al trabajador cuando el empleador ha sido engañado mediante documentos falsos tendientes a obtener un provecho indebido.
Además, la providencia enfatizó que no es necesario esperar múltiples faltas o reincidencias cuando la conducta reviste gravedad suficiente.
3. Consecuencias penales
Quizá el aspecto más delicado es el penal.
En Colombia, la falsificación y uso de documentos falsos constituye delito. Según el Código Penal, las conductas podrían adecuarse a figuras como:
Falsedad en documento privado
Sancionada con penas de prisión de 16 a 108 meses y multas económicas.
Falsedad en documento público
Cuando se alteran certificados oficiales o documentos expedidos por entidades públicas, las penas pueden superar los 12 años de prisión. Y existe un aspecto fundamental que muchas personas desconocen:
No solo responde penalmente quien falsifica el documento, sino también quien lo utiliza, incluso si no participó directamente en su elaboración.
La falsa percepción de impunidad
Uno de los mayores riesgos es la normalización social de estas prácticas.
Expresiones como:
"Eso lo hacen todos".
"Solo es una carta".
"El fondo nunca verifica".
"Un amigo me ayudó".
Han llevado a muchos trabajadores a subestimar las consecuencias jurídicas de estos actos.
Sin embargo, hoy las entidades públicas y privadas han fortalecido los mecanismos de verificación documental y los cruces de información, incrementando considerablemente el riesgo de detección.
La necesidad de fortalecer la cultura de legalidad
Las instituciones educativas, fondos de cesantías y entidades públicas deben fortalecer:
Los controles de autenticidad documental.
Las campañas pedagógicas sobre consecuencias legales.
Los canales institucionales de orientación.
Los sistemas antifraude y auditoría interna.
Pero también es indispensable promover una verdadera cultura de legalidad y ética profesional, especialmente en escenarios educativos donde los docentes representan modelos de formación ciudadana para las nuevas generaciones.
Conclusión
El uso de documentos falsos para retirar cesantías no es una simple irregularidad administrativa ni una "viveza" sin consecuencias. Se trata de conductas que pueden comprometer simultáneamente la responsabilidad laboral, disciplinaria y penal de quien las realiza.
Las recientes investigaciones contra docentes y la jurisprudencia de los tribunales colombianos envían un mensaje claro: la necesidad económica nunca puede justificar el fraude documental ni el quebrantamiento de la confianza institucional.
En tiempos donde proliferan los "atajos" y los trámites informales, vale la pena recordar que ningún beneficio económico compensa el riesgo de perder el empleo, la carrera profesional, el buen nombre y, en los casos más graves, la libertad personal.