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Nuevas expectativas para la salud de los docentes.

El 30 de diciembre del año 2022, el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, conforme a las facultades otorgadas en el artículo 5 numeral 2 de la ley 91 de 1989, modificó a través del Acuerdo N°5 del 2022 los numerales 1,3,8,9,10,11 y 12 del artículo 1° del acuerdo 09 de 2016, con el propósito de ejercer un control e interventoría sobre los contratos y recursos destinados para la prestación del servicio de salud de los docentes.

Es preciso señalar que este acuerdo modifica el articulado para dar más beneficios a los docentes, enmarcado en el sistema general de seguridad social en salud, pues aun tratándose de un régimen exceptuado tiene unas normativas claras de cómo se debe regir el sistema, definiendo situaciones basadas en normativas vigentes en salud, entre ellos el plan de atención integral en salud, el cual es la puerta principal de entrada al sistema. Por su parte, la atención primaria en salud busca, desde el nivel de atención más básico, hacer control y seguimiento a los factores de riesgo en salud, basados en el autocuidado, incluyendo el núcleo familiar del docente, implementando medidas de prevención de la enfermedad y la promoción de hábitos de vida saludable efectivas y en caso de presentarse la enfermedad, dar el acceso efectivo para obtener un diagnóstico oportuno, un tratamiento adecuado con el fin de evitar la progresión de la enfermedad, en busca de la curación y en caso de no lograrse de manera absoluta, instaurar manejos de rehabilitación de las secuelas y terminando en casos extremos en la paliación, tratando de obtener la mejor calidad de vida posible.

Está claro que para prestar un adecuado servicio de salud se debe ejercer un control riguroso, acompañado de auditorías e interventorías de los contratos celebrados, garantizando que los prestadores cumplan con lo pactado, puesto que es necesario que los mismos llegan a ser contratados a través de un proceso de licitación exigente. Sin embargo, está demostrado que hace falta más control y es por ello que, a través de los cambios en este articulado, se pretende mitigar y controlar el indebido manejo de los recursos con la participación activa y efectiva de los sindicatos, veedurías y las asociaciones de los comités de usuarios.

Con respecto a los cambios, se hace un comparativo entre lo que venía rigiendo con respecto a lo actual: (Ver tabla siguiente columna).

Como conclusión, con estos nuevos lineamientos el derecho a la salud del docente y su grupo familiar y de la seguridad y salud en el trabajo del docente, cuentan con un panorama más esperanzador, si bien la salud a nivel país, se encuentra enfrentando amplios debates y posibles reformas, este acuerdo ya es un hecho y la participación efectiva de los sindicatos y demás entidades que velan por los derechos de los docentes, abre las puertas a un dialogo que encamine el derecho a la salud en el rango que constitucionalmente se le ha asignado.